Brasil Acosta Peña
Tántalo, personaje de la mitología griega, fue castigado por los dioses en el tártaro, inframundo de los griegos, a sufrir en el Karagöl (el lago Negro) el siguiente tormento: tener el agua hasta la barbilla y árboles cargados de frutos cercanos a él; sin embargo, una vez que deseaba tomar agua o comer los frutos, golpeado por la dura hambre y la terrible sed, tanto el agua como los frutos se alejaban de su presencia. Ese tormento terrible refleja que, aún teniendo la abundancia de agua y frutos, no podían estar al alcance de Tántalo y, por lo mismo, a esta condición se le conoce como el Tormento de Tántalo.
Pues un tormento similar, sufren los habitantes queretanos de la región de Cadereyta, región en la que nacen el agua y la hay en tal cantidad y calidad que se construyó desde 2006 el Acueducto II para tomar el agua de la región y llevarla a la capital y municipios de la zona conurbada de Querétaro.
El agua fue extraída de los manantiales ubicados a la ribera del Río Moctezuma, en la comunidad de Maconí. Desde el inicio del proceso, las autoridades estatales se comprometieron a hacer obras para los habitantes de la región, pero, particularmente, obras con el propósito de dotar de agua a cerca de 30 comunidades de la región; sin embargo, como sucede en muchas ocasiones, en los planes de gobierno no está la gente más necesitada, no se le considera, no se le escucha, se le engaña, se hacen compromisos con la gente y no se cumplen, violando así los derechos de los queretanos que han otorgado el agua para la región metropolitana de la capital.
Se trata del tormento de Tántalo porque habiendo agua en cantidad y en calidad bastantes para abastecer a las comunidades de la región, son ellas las que padecen de la falta de agua. Por tal razón, está bien que las comunidades se hayan organizado y estén exigiendo el cumplimiento de sus derechos constitucionales. Veamos por qué.
En sus dos primeros párrafos, el Artículo 27 Constitucional a la letra dice: “La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización”.
Asimismo, En el Artículo 4, párrafo 6, se reconoce el derecho humano al agua: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
Finalmente, en el Artículo 115, fracción III, inciso a, se establece la facultad que tienen los municipios para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento. “Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: 1. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales”.
Como se ve, si bien es cierto que el Artículo 27 constitucional refiere que el agua corresponde originariamente a la nación, también es cierto que existen los mecanismos en la misma Constitución para que ese bien de la nación pueda llegar a la población, como se ve en el Artículo 115. Pero, lo más importante, es que el agua en nuestra constitución está inscrita como un derecho humano, por tanto, el Estado tiene la obligación de garantizar a los mexicanos y a los pueblos el suministro de agua “en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.
En el caso que nos ocupa no se ha resuelto el problema del agua. Han pasado ya 16 años y la gente sólo ve pasar el agua de su región para llegar a la capital y zona metropolitana, pero en sus casas no hay tal recurso “en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”. Hay una deuda con los derechos sociales. ¿Quién garantiza a los 30 pueblos de la región de Cadereyta que se cumpla el mandato constitucional de su derecho humano al agua? ¿Quién debería? Los tres órdenes de gobierno: el federal, el estatal y el municipal. Si el gobierno federal y el gobierno estatal hacen caso omiso, debe el gobierno local ponerse a la cabeza de las comunidades y resolver el problema de fondo y si no tiene recursos, como seguramente han de argumentar, no puede “lavarse las manos” y dejar las cosas así, es decir, dejar a las comunidades sin agua. En el artículo 115 que vimos, “los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: 1. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales…”. Por tanto, deben los habitantes de las 30 comunidades exigirle al municipio que cumpla con su responsabilidad constitucional.
Ahora bien, cuando se cierran las puertas y las autoridades de todos los órdenes de gobierno hacen caso omiso y no resuelven el problema del agua, e ignoran a la población y le coartan sus derechos humanos y, por ende, violan la Constitución, la misma ley de leyes da a los mexicanos, en los artículos sexto, octavo y noveno, los mecanismos para su defensa: el derecho de organización, de petición y de manifestación pública de sus ideas, todo con fines pacíficos. Pues bien, hacen bien las comunidades de Querétaro que no reciben el agua y que sufren el tormento de Tántalo viendo pasar el agua sin poderla disfrutar, en unirse y luchar por defender los derechos constitucionales que las autoridades les niegan. Por eso, el Movimiento Antorchista cumple la función de aglutinar, educar y organizar a los pueblos para guiarlos en la solución de sus problemas concretos, pero, sobre todo, en la idea de que si no resuelven los tres ordenes de gobierno, no queda de otra más que unirse y luchar por el poder político nacional para poder tomar decisiones y garantizar el derecho humano al agua de todos los pueblos que así lo requieran.
Los dirigentes de Antorcha no piden el agua para ellos mismos. Son los pueblos quienes necesitan el agua y son ellos quienes lo piden con base en los principios constitucionales. No crean que castigan a Antorcha por no resolver la demanda de los pueblos, castigan a la gente y violan sus derechos. Por eso invito a los pueblos a no desistir en su lucha y que sepan que cuentan con el apoyo del antorchismo regional del Estado de México, de la Ciudad de México, de Hidalgo y de Morelos. No están solos. A seguir luchando hasta lograr que el vital líquido llegue a sus comunidades.
Texcoco, México a 4 de mayo de 2022
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