● La reforma cumple con las recomendaciones internacionales en derechos humanos y libertad de expresión: Organización de las Naciones Unidas (ONU).
● Saludó el avance del Congreso mexiquense y reconoció a las instancias que la impulsaron.
● La reforma busca evitar restringir, de manera desproporcionada, la libertad de expresión, por considerar que criminaliza la crítica hacia las personas servidoras públicas.
La oficina en México del alto comisionado de la ONU (Organización de las Naciones Unidas) para los Derechos Humanos reconoció la derogación del delito de ultrajes en el Estado de México y a las instancias que lo impulsaron.
A través de su cuenta de X (@ONUDHmexico) destacó que la reforma, avalada el 6 de febrero pasado en el Congreso mexiquense, cumple con las recomendaciones internacionales en derechos humanos y libertad de expresión.
“Saludamos este avance del @legismex y reconocemos a las instancias que lo impulsaron, incluido el Mecanismo de Protección del #Edomex, @CJ_Edomex y la Gobernadora @delfinagomeza.
“Esta reforma cumple con recomendaciones internacionales en #DDHH y #LibertadDeExpresión”, escribió en su cuenta de X.
También llamaron a las entidades del país que aún mantienen delitos contra el honor a derogarlos, pues suelen usarse para criminalizar a periodistas y a personas defensoras de Derechos Humanos.
“Alentamos a las entidades federativas que aún mantienen delitos contra el honor a derogarlos, ya que suelen usarse para criminalizar a #periodistas y personas defensoras de #DerechosHumanos. Refrendamos nuestro compromiso para apoyar los procesos necesarios”, indica la publicación.
Por unanimidad, la LXII Legislatura mexiquense aprobó eliminar del Código Penal estatal el delito de ultrajes, con el fin de evitar restringir, de manera desproporcionada, la libertad de expresión, por considerar que criminaliza la crítica hacia las personas servidoras públicas.
El dictamen, que conjuntó las iniciativas de la bancada de MC y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, precisa la derogación del Capítulo VI, del Subtítulo Segundo, del Título Primero, y los artículos 126 y 127, del Código Penal del Estado de México.
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