• Se busca tener un proceso parlamentario más pulcro en la resolución de iniciativas
Ciudad de México, a 28 de febrero de 2023. El Pleno de la Cámara de Diputados conoció para trámite de declaratoria de publicidad, el dictamen que adiciona los numerales 5, 6 y 7 al artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de iniciativas constitucionales y normas secundarias.
Se establece que las iniciativas de reforma constitucional deberán presentarse por separado de cualquier otra iniciativa que proponga modificaciones a disposiciones de legislación secundaria u otra norma general.
Añade que cuando exista una correlación entre iniciativas, porque una de éstas modifique disposiciones constitucionales y la otra, normas secundarias, la relación que éstas guarden deberá señalarse en los argumentos que sustenten ambas iniciativas, como parte de los elementos indispensables a que se refiere el artículo 78 del Reglamento.
En el caso de iniciativas que impliquen modificaciones a la ley y a la normatividad reglamentaria de la Cámara, se presentarán de manera separada a las constitucionales.
Puntualiza que las iniciativas que propongan modificaciones al Reglamento o a alguna otra reglamentación interna que sea exclusiva de esta Cámara, sólo podrán referirse a la normatividad que sugieran reformar.
El dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, señala que se busca tener un proceso parlamentario más pulcro, así como facilitar la resolución de los asuntos que se turnan a las comisiones, en este caso las reformas constitucionales.